Huaraz en Línea.- Toda persona que es dueña de una propiedad debe pagar el impuesto predial anualmente y, cuando se adquiere un inmueble existen diversas preguntas respecto a la inscripción de este bien, al pago del tributo y otros requisitos que forman parte del proceso.
Frente a esa serie de inquietudes, la Municipalidad de Lima, a través del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT), informa que dicho pago se deberá efectuar a partir del año siguiente de producida la compra del inmueble.
Y además podrá cancelarse al contado hasta el último día hábil de febrero de cada año o en forma fraccionada en cuatro cuotas, que vencen en los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre.
En el caso que el ciudadano resida en el Cercado de Lima, puede realizar sus pagos en la sede central del SAT de la Municipalidad de Lima. Asimismo, podrá acudir a las oficinas descentralizadas del SAT en los distritos de Miraflores, Los Olivos, San Juan de Miraflores y Santiago de Surco.
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