MTC recompensará a conductores que cumplen con el reglamento de tránsito

Jueves, 14 Noviembre 2019 - 11:45am

Huaraz en Línea.- Con el fin de fortalecer la seguridad vial, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó un nuevo sistema de vigencia para las licencias de conducir profesionales, que permitirá recompensar a todos aquellos conductores titulares de dichas licencias que no tengan ninguna infracción al tránsito.

Con este sistema, establecido mediante el Decreto Supremo Nº 034-2019-MTC, que modifica el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de licencias de Conducir, serán beneficiados todos los conductores profesionales que tengan un récord totalmente limpio, es decir que no hayan cometido ninguna infracción al tránsito. A ellos se les otorgará 5 años de vigencia a sus licencias de conducir.

La medida precisa, además, que al conductor que registre en su récord alguna infracción leve, se le otorgará 3 años de vigencia a su licencia de conducir; mientras que quienes registren alguna infracción grave o muy grave tendrán brevetes con una vigencia de 2 años. Es necesario indicar que los conductores que revaliden o recategoricen una licencia profesional, no deberán registrar papeletas impagas o sanciones pendientes de cumplimiento.

Cabe señalar que, hasta el 9 de noviembre del 2019, el plazo de vigencia de las licencias profesionales era de tres años. Este plazo era otorgado, aunque el conductor registrara en su record infracciones graves o muy graves, o su licencia hubiera estado suspendida o cancelada, o si el titular hubiera estado inhabilitado temporalmente para la conducción.

Esta constituye una de las medidas para reducir los accidentes de tránsito, teniendo en cuenta que la mayor parte de ellos son ocasionados por fallas del conductor (exceso de velocidad, ebriedad, entre otros).

DATO

Los conductores profesionales con aquellos autorizados para conducir vehículos que prestan el servicio de transporte de personas y mercancías (Clase de licencia A - Categorías II-a, II-b, III-a, III-b y III-c).

 

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