Huaraz en Línea.- Hasta el 31 de agosto están prohibidos los viajes interprovinciales terrestres y aéreos en 79 provincias de 19 regiones, debido al incremento de casos de contagios por covid-19. A continuación, recuerda cuáles son esas provincias comprendidas en esta restricción temporal de viajes.
De acuerdo al Decreto Supremo Nº 139-2020-PCM, que modifica el Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM, que establece las medidas que debe observar la ciudadanía en la nueva convivencia social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida del país a consecuencia del covid-19, las provincias en las que no operan los viajes terrestres y áereos son:
Amazonas: Bagua, Condorcanqui y Utcubamba
Áncash: Provincia del Santa, Casma y Huaraz
Apurímac: Abancay y Andahuaylas
Ayacucho: Huamanga y Huanta
Cajamarca: Cajamarca, Jaén y San Ignacio
Cusco: Anta, Canchis, Cusco, Espinar, La Convención y Quispicanchis
Huancavelica: Angaraes, Huancavelica y Tayacaja
La Libertad: Ascope, Chepén, Pacasmayo y Virú
Lima: Barranca, Cañete, Huaura, Huaral
Moquegua: Ilo y Mariscal Nieto
Pasco: Pasco
Puno: Puno y San Román
Tacna: Tacna
Estas localidades se suman a todas las provincias de las regiones Arequipa, Huánuco, Ica, Junín, San Martín, que ya venían acatando una cuarentena focalizada en todas sus provincias, y a la que se sumó Madre de Dios en su integridad, con lo cual totalizan 79 las provincias comprendidas en la prohibición de viajes terrestres y aéreos interprovinciales.
Según el mencionado dispositivo legal, el desplazamiento de las personas al interior de las provincias en cuarentena focalizada está permitido únicamente para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales, así como para la prestación de servicios de las actividades económicas autorizadas.
Asimismo, la inmovilización social obligatoria de las personas en sus domicilios o toque de queda rige desde las 20:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, mientras que el día domingo la inmovilización social obligatoria rige todo el día hasta las 04:00 horas del día siguiente.
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