
Huaraz en Línea. - El pleno del Congreso aprobó en días recientes el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 6861, que propone proteger los derechos laborales de las trabajadoras y trabajadores con diagnóstico de cáncer. Esta propuesta fue presentada por la parlamentaria Marleny Portero (AP).
En segunda votación, el dictamen fue aprobado con 81 votos a favor, cero en contra y una abstención. También fue exonerado de segunda votación con 88 a favor, cero en contra y una abstención.
La propuesta modifica el Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral; Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; Ley 30057 y Ley del Servicio Civil.
El dictamen señala que es nulo el despido de un trabajador que sea diagnosticado de cáncer, su tratamiento y efectos derivados, incluso si presta servicios por menos de cuatro horas diarias, se encuentra en periodo de prueba o tiene la condición de confianza.
El legislador Alex Paredes Gonzales (SP), presidente de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, dijo que la propuesta es justa y meritoria para los trabajadores que sufren de este mal. Su colega Isabel Cortez Aguirre (PP) indicó que la iniciativa busca proteger a los trabajadores que sufren de enfermedades y evitar sus despidos.
El legislador Guido Bellido Ugarte (PP) señaló que la norma es una esperanza para los trabajadores y que su bancada votará a favor. Su colega Elizabeth Medina Hermosilla (SP) felicitó a los autores de la propuesta y dijo que existe un alto porcentaje de trabajadores con cáncer y que serían beneficiados con la aprobación de esta iniciativa.
Al respecto, el laboralista Germán Lora destacó que la reciente aprobación del dictamen constituye un avance importante en materia de protección de los derechos laborales.
“El pleno aprobó el proyecto de ley que considera nulo el despido que tenga por motivo el diagnóstico de cáncer, su tratamiento y los efectos derivados”, explicó.
CONTRATOS PART TIME
El especialista precisó que la norma amplía su alcance incluso a situaciones donde usualmente existe mayor flexibilidad en la terminación del vínculo laboral.
“La prohibición de despido se extiende a los contratos part time, a los trabajadores en periodo de prueba y a los de confianza, lo que refuerza la seguridad jurídica para quienes atraviesan una enfermedad tan grave”, subrayó.(Fuente Andina)
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