
Huaraz en Línea. - La Oficina Nacional de Procesos Electorales determinó, a través de la Resolución Jefatural 000069-2025-JN/ONPE, qué electores podrán, voluntaria y progresivamente, utilizar el voto digital en las Elecciones Generales 2026. Conoce en la siguiente nota quiénes sufragarán bajo esta modalidad.
Policías y militares
La Ley 32270 definió que el voto digital es de aplicación obligatoria para los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú que, por razones de servicio, sean desplazados el día de los comicios y se encuentren en un lugar distinto al domicilio registrado en su Documento Nacional de Identidad (DNI).
Según la nueva norma, además de los ya mencionados votantes, también tendrán la oportunidad de sufragar de forma virtual los siguientes ciudadanos:
-Los miembros en actividad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, que no se encuentren desplazados fuera de su domicilio indicado en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
¿Qué otros peruanos podrán votar digitalmente?
-Los peruanos que se encuentren fuera del territorio nacional.
-El personal asistencial y administrativo de los establecimientos de salud públicos y privados, incluyendo hospitales policiales y militares.
-El personal del Instituto Nacional Penitenciario (Inpe).
-El personal del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.
-El personal del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y de la ONPE.
-Los ciudadanos con discapacidad inscritos en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad y/o aquellos que figuran como tal en el padrón electoral.
-Los ciudadanos cuya dirección domiciliaria, registrada ante el Reniec, corresponda al distrito del Cercado de Lima.
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