Jueves, 27 Marzo 2025 - 10:00pm

Huaraz en Línea.- El presidente de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia, César San Martín, precisó que la absolución, por unanimidad, del prófugo Vladimir Cerrón Rojas por el caso Aeródromo Wanka, no implica que se le levanten las órdenes de captura que tiene por otros procesos.
"Es evidente que, si se le absuelve, se le levantan los mandatos de captura solo por este caso; de los demás, no, no tenemos la menor competencia para ordenar la libertad en otros procesos, cada proceso es un mundo propio, se define con una sentencia en particular", expresó de manera categórica.
El magistrado recordó que es un hecho público que Cerrón Rojas tiene una condena firme con pena efectiva que debe cumplir y otro proceso con mandato de prisión preventiva.
Sin embargo, también explicó que los doce acusados en este caso deben responder civilmente, aunque hayan sido absueltos, pues se afectó la ley y se generó un daño que debe resarcirse.
Responsabilidad civil
"Si bien hemos dicho que no hay responsabilidad penal, que hay una duda razonable, en términos de derecho civil, de daños, de reparación, sí hay; y esta aparente contradicción no es tal, porque los criterios de imputación de los delitos con la responsabilidad civil son distintos", aclaró.
No obstante, el magistrado consideró exagerado el monto por reparación civil de 800 mil soles impuestos en primera instancia, y rebajó esa suma a 250 mil soles.
"Estamos castigando en términos de derecho civil patrimonial a todos los funcionarios involucrados, Cerrón Rojas y dos empresarios del consorcio Aeródromo Regional Wanka, hemos comprendido a doce, y no solo a cuatro", remarcó.
Con respecto a la inhabilitación penal de los acusados, señaló que esta es una consecuencia de la declaración de responsabilidad penal.
"Al sostener que no hay responsabilidad penal, todas las penas de privación de la libertad y de inhabilitación quedan levantadas", añadió.
Colusión simple
El juez supremo, asimismo, explicó el delito de colusión simple por el que se investigó y juzgó a Cerrón Rojas y a sus coacusados.
"Es un delito de peligro abstracto, de mera actividad, en el que no se exige la producción de un perjuicio patrimonial específico, no hay pues una efectiva afectación al erario público", aclaró.
Señaló que el tribunal que preside llegó a la convicción de que la tramitación y el contrato para la construcción del Aeródromo Regional Wanka contravinieron un conjunto de normas que regulaban esta materia.
"Sin embargo, una cosa es la comisión de infracciones al derecho presupuestario y financiero del Estado, lo que se llaman vulneraciones administrativas; y otra cosa diferente cuando se produce una concertación con el propósito de defraudar el patrimonio público", indicó.
El magistrado explicó que no se trató de un proceso clandestino o de una negociación que burló líneas de transparencia.
"Lo que se trató fue que, objetivamente, se violó la ley; pero como decimos lo que se requiere en este delito (colusión simple) es el ánimo defraudatorio, y hemos llegado a la conclusión, por unanimidad, de que ese ánimo no se ha presentado", concluyó. (Fuente: Andina)
Comentarios