Huaraz en Línea.- Entre enero y mayo del presente año, se inscribieron 1548 uniones de hecho en todo el país, 14,33 % más que en el mismo periodo de 2021, cuando se registraron 1354 uniones de hecho.
La zona registral de Lima encabezó el listado con 424 uniones de hecho inscritas, seguida de las zonas registrales de Trujillo (190), Arequipa (176), Tacna (120), Huancayo (113), Chiclayo (95), Piura (71), Cusco (71), Huaraz (62), Ica (52), Moyobamba (47), Pucallpa (44), Ayacucho (43) e Iquitos (40).
Durante el 2021 y en medio de la emergencia provocada por la COVID-19, 3664 parejas decidieron inscribir su unión de hecho en la Sunarp, siendo Lima la zona registral más activa con 985 convivencias registradas. A continuación, se ubicaron las zonas registrales de Arequipa (427), Trujillo (410), Tacna (275), Chiclayo (253), Huancayo (233), Huaraz (174), Piura (165), Cusco (149), Pucallpa (149), Moyobamba (135), Iquitos (120), Ica (108) y Ayacucho (81).
La unión de hecho es la convivencia libre y voluntaria entre un hombre y una mujer, libres de impedimento matrimonial, para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio. En la práctica, es una especie de matrimonio informal que debe inscribirse en el Registro Personal de la Superintendencia Nacional de los registros Públicos (Sunarp) para garantizar el reconocimiento de los derechos de ambos convivientes.
Diferencia entre matrimonio y unión de hecho
A diferencia del matrimonio, donde existe la opción de elegir entre el régimen de sociedad de gananciales o el régimen de separación de patrimonios, en la unión de hecho se origina una sociedad de bienes que se sujeta al régimen de sociedad de gananciales en cuanto le fuera aplicable, siempre que dicha unión haya durado por lo menos dos años; es decir, todos los bienes y rentas obtenidas durante la vigencia de la convivencia pertenecen a los cónyuges en partes iguales.
De allí la importancia de inscribir la convivencia en el Registro Personal de la Sunarp. De esta manera, la pareja precisa la fecha de inicio de la relación, así como la de su finalización —en caso se produjera—, ello con el objetivo de diferenciar con exactitud los bienes muebles e inmuebles que les corresponden a cada uno y evitar una injusta redistribución de su patrimonio.
“Al inscribir la unión de hecho en la Sunarp, los convivientes garantizan el reconocimiento de sus derechos patrimoniales o de propiedad”, subrayó el superintendente nacional de la Sunarp, Luis Longaray Chau, quien agregó que el cese de la unión de hecho también debe ser inscrito ante la Sunarp a través de una escritura pública, en la cual se deberá liquidar la sociedad de gananciales.
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