Indecopi inicia proceso sancionador a tres empresas de impresión

Viernes, 25 Enero 2019 - 12:45pm

Huaraz en Línea.- La secretaría técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) inició un procedimiento administrativo sancionador contra Quad/Graphics Perú y las empresas vinculadas Amauta Impresiones Comerciales y Empresa Editora El Comercio.

Esto se hizo debido al presunto acuerdo secreto para repartirse a los clientes del mercado de servicios de impresión comercial de clientes privados a nivel nacional entre el 2011 y 2017.

El mercado en el cual se habría producido la probable práctica anticompetitiva es el de impresiones comerciales para clientes privados, según Indecopi.

Este servicio es contratado generalmente por empresas mayoristas y minoristas de diversos sectores (como, por ejemplo, tiendas por departamentos o supermercados) que publicitan sus productos y servicios mediante catálogos, revistas, folletos, trípticos, dípticos, volantes publicitarios, entre otros.

En ese sentido, en el mercado de servicios de impresión comercial de clientes privados, las empresas investigadas se encuentran entre las más importantes en este rubro.

Asimismo, el procedimiento incluye a nueve funcionarios o ex funcionarios de las mencionadas empresas por su supuesta participación en la conducta investigada.

La evidencia obtenida por la Secretaría Técnica consiste, principalmente en correos, archivos electrónicos y declaraciones recabadas durante la investigación preliminar que dio origen al presente procedimiento.

Esto revelaría el presunto acuerdo entre Quad Graphics y Amauta-El Comercio para que cada uno de los competidores contrate con un grupo de clientes específico del mercado investigado sin que el otro realice ofertas competitivas para contratar con tales clientes, es decir eliminando la competencia entre ambos competidores.

Es importante anotar que el inicio de un procedimiento administrativo sancionador se basa en la existencia de indicios razonables sobre la realización de una presunta conducta anticompetitiva y no constituye un prejuzgamiento sobre el resultado del procedimiento ni la responsabilidad de los investigados.(Fuente Andina)

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