Huaraz en Línea.- La municipalidad provincial de Pomabamba (Áncash) se convirtió en el primer municipio del país en recibir autorización de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) para prestar los servicios de saneamiento.
La responsable de la oficina desconcentrada de la Sunass en Huaraz, Marta Guillén, explicó que el regulador autorizó a la comuna a prestar los servicios de saneamiento en la pequeña ciudad de Pomabamba por un plazo de tres años y, en consecuencia, exceptuar su incorporación al ámbito de responsabilidad de la EPS Chavín por el referido plazo.
“Para efectos de la prestación de servicios autorizado, el municipio deberá constituir una Unidad de Gestión Municipal (UGM) con contabilidad independiente, conforme a la normativa sectorial. Además, cumplir con ejecutar el plan de acción presentado en su solicitud, que permita viabilizar la incorporación de la pequeña ciudad al ámbito de responsabilidad de la EPS Chavín, finalizado el plazo otorgado”, detalló Guillén.
Por su parte, la municipalidad provincial de Pomabamba refirió que en el contexto de la autorización de excepcionalidad ha asumido el compromiso de incorporar mejoras en la prestación de los servicios de saneamiento con criterios de calidad.
Asimismo, desarrollar mecanismos de cobranza oportuna a través de su respectiva UGM, lo que es concordante con lo dispuesto en el Reglamento de la Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento en Pequeñas Ciudades, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N.º 029-2020-Sunass-CD.
La pequeña ciudad de Pomabamba tiene una población de 5,567 habitantes y una densidad poblacional de 3.4 habitantes/vivienda, por lo que tiene la aglomeración urbana más grande y poblada de la zona de Conchucos y la octava de la región Áncash.
La autorización para la prestación de los servicios de saneamiento a la pequeña ciudad de Pomabamba se otorgó mediante RCD N.º 033-2020-Sunass-CD. Según el TUO de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento aprobado por Decreto Supremo N.º 005-2020-Vivienda, las empresas prestadoras deben incorporar a su ámbito a las pequeñas ciudades.
De manera excepcional, cuando la Sunass determine que aún no es viable la integración, autoriza la prestación de los servicios de saneamiento a las municipalidades provinciales o distritales, según corresponda.
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