Ministerio de Trabajo dispone día no laborable no compensable para miembros de mesa

Miércoles, 22 Enero 2020 - 7:30pm

Trujillo en Línea.- El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) declaró el lunes 27 de enero día no laborable de naturaleza no compensable para aquellos ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa durante las elecciones para un nuevo Congreso, según el Decreto Supremo Nº 006-2020-TR. Para tal efecto, los empleadores de los sectores público y privado deberán adoptar las medidas pertinentes.

La ONPE propuso mediante oficio N° 000004-2020-JN/ONPE brindarle facilidades a los ciudadanos que desempeñen de manera efectiva el cargo de miembros de mesa durante las elecciones Congresales Extraordinarias 2020.

De esta manera el DS busca la mayor participación entre los más de 500 mil ciudadanos elegidos como miembros de mesa para la elección de este domingo 26, por lo que resulta conveniente estimular el deber cívico ciudadano de ejercer su derecho al voto otorgándole facilidades para su desplazamiento.

La norma establece que, para gozar del beneficio señalado, el trabajador que se desempeñó como miembro de mesa debe presentar a su empleador al momento de reintegrarse a su centro de labores el Certificado de Participación entregado por la ONPE.

FACILIDADES PARA VOTAR EN ÁMBITOS GEOGRÁFICOS DISTINTOS
Además, la norma dispone que los trabajadores de los sectores público y privado que presten servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación y que acrediten haber ejercido su derecho al voto, no laborarán los días viernes 24, sábado 25, domingo 26 y lunes 27 de enero de 2020, siendo estos días compensables tanto en el sector público como privado.

Por último, el Decreto Supremo señala que los trabajadores del sector público y privado cuyas jornadas laborales coincidan con el día de las elecciones tendrán derecho a tolerancia en el ingreso o durante las horas de trabajo para ir a votar.

Los trabajadores que actúen como miembros de mesa en las elecciones para un nuevo Congreso, cuyas jornadas de trabajo coincidan con el 26 de enero de 2020, están facultados para no asistir a sus centros de labores.

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