Huaraz en Línea.- Una nueva convocatoria para elección de los jueces de paz de los juzgados de Paz de Tabón y Puerto Casma ha sido dispuesto por la presidencia de la Corte Superior de Justicia del Santa, a través de la Res. Adm. 205-2022-P-CSJSA, luego de recibido el Informe emitido por la Coordinadora de ODAJUP, Abg. Nelly Silva Quiroz, quien indicó que no hubo concurrencia masiva de ambos poblados y, que el proceso elección en ambas jurisdicciones se llevó a cabo con un solo comité electoral, lo cual es contrario a lo que establece el reglamento.
La decisión se encuentra amparada en el Art.152 de la Constitución Política del Perú, Art. 24 de la Ley N° 26859 Ley Orgánica de Elecciones, Art. 8 de la Ley N° 29824 Ley de Justicia de Paz y su Reglamento, que precisa que “el Juez de Paz accede al cargo, a través del mecanismo de elección popular, en el cual la población que radica en el ámbito geográfico en el que el juzgado de paz ejerce jurisdicción, participa en la elección de juez de paz de manera directa y democrática”.
Es en ese sentido, que, al no haberse cumplido con la participación masiva de los pobladores y debido a la no conformación de un comité electoral por cada zona, el proceso de elección será convocado nuevamente, para lo cual la coordinadora de ODAJUP deberá orientar y coordinar con las municipalidades y comités electorales, se cumplan los lineamientos establecidos en el Reglamento de Elección Popular de Jueces de Paz, a efectos de garantizar la participación mayoritaria directa y democrática de la población.
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