Terremoto en Colombia: número de fallecidos sube a 265, informa presidente De la Espriella
Huaraz en Línea.- El número de fallecidos por el potente terremoto que sacudió
Colombia en la mañana del lunes 10 de agosto subió este miércoles a 265, de
acuerdo con el más reciente balance presentado por el presidente Abelardo de la
Espriella.
La cifra de heridos, entre tanto, se reajustó hasta 3,494 a
poco de agotarse la primera “ventana de vida” –72 horas– para buscar y
encontrar sobrevivientes atrapados entre los escombros que dejó el sismo de
magnitud 7.4.
El terremoto que afectó el oeste del país también deja 496
desaparecidos y 11,347 viviendas destruidas, declaró el mandatario.
EMERGENCIA ECONÓMICA
El presidente anunció también que declarará la emergencia
económica en Colombia para afrontar los efectos del terremoto, una medida que
lo faculta a decretar impuestos y modificar el presupuesto sin pasar por el
Congreso.
El gobierno determinó "hacer uso de la emergencia
económica", señaló el mandatario, quien asumió el 7 de agosto con la
consigna de no crear más tributos pese a haber encontrado, según él, un Estado
desfinanciado.
De la Espriella también anunció ante la prensa la creación de
un fondo para atender a las víctimas del sismo, con "aportes nacionales e
internacionales" para la reconstrucción de hospitales, centros educativos,
inmuebles y vías, así como los cinco aeropuertos que se vieron afectados por el
terremoto.
Reiteró que habrá subsidios de arrendamiento y para el pago de
servicios públicos de los afectados.
Las zonas más golpeadas por el terremoto de magnitud de 7.4 son
Chocó, Risaralda, Caldas, Quindío y Valle del Cauca.
MÁXIMO POR 90 DÍAS
"Esta crisis nos agarra en un momento difícil, en medio de
una crisis fiscal, la más compleja en la historia republicana de nuestro país.
Tenemos el más alto nivel de endeudamiento, una estrechez total en recursos de
tesorería y un presupuesto público desfinanciado", dijo el mandatario.
El grueso de las medidas de la emergencia solo se conocerá
cuando el gobierno publique el decreto.
Sin embargo, su finalidad práctica, de acuerdo con la
Constitución, es crear nuevos impuestos sin que deban ser aprobados por el
Congreso. La medida podrá estar vigente por un periodo máximo de 90
días.(Fuente: AFP – agencia Andina) (Foto AFP)