Ejecutivo solo tendrá 90 días para reglamentar las leyes que se aprueben en el Congreso

Lunes, 3 Abril 2023 - 2:30pm

Huaraz en Línea.- La propuesta, que modifica la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que en caso el Poder Ejecutivo incumpla ese plazo, constituirá una infracción a la Constitución siendo obligación del Congreso, denunciarlo por este concepto.

En el texto sustitutorio de la iniciativa legislativa, de autoría del congresista Luis Aragón Carreño (AP), la comisión plantea un plazo de 120 días hábiles para reglamentar las que le faltan, hasta la actualidad.

El presidente de la comisión, Hernando Guerra García Campos (FP), señaló que desde el año 2016 a la fecha, hay 87 leyes que no cuentan con reglamentación, y, en consecuencia, no pueden ser ejecutadas.

Indicó que 74 de las leyes promulgadas tienen el plazo vencido, siete están dentro del plazo y seis no cuentan con plazo.

“Esto significa una falta de interés de parte del Poder Ejecutivo, lo que trae como consecuencia, el no cumplimiento de las leyes; en la práctica una cuestión de veto y que no se garantice el desarrollo de las normas en beneficio de la población”, dijo al tiempo de agregar que se vulnera el equilibrio de poderes, además de que cabe la posibilidad de que se desnaturalice la norma.

Aragón Carreño dijo, por su lado, que la aprobación de la propuesta, permitirá que el incumplimiento de esta función sea sancionado y generar responsabilidades políticas y administrativas en los funcionarios responsables.

Los congresistas Alejandro Muñante Barrios (RP), Alejandro Cavero Alva (Avanza País) e Ilich López Ureña (AP) se manifestaron en favor de la iniciativa. Por su lado, Ruth Luque Ibarra (CDJPP) se manifestó en contra por considerar que este tema ya fue regulado en el Reglamento del Congreso.

De otro lado, la comisión aprobó por mayoría, la propuesta que modifica el Decreto Legislativo 1326, Decreto Legislativo que estructura el sistema administrativo de defensa jurídica del Estado.

La iniciativa legislativa busca preservar la autonomía administrativa e independencia funcional en la designación de las procuradurías públicas del Poder Legislativo y Poder Judicial y organismos autónomos y conservar la separación de poderes en un estado de derecho. (Fuente: Diario Correo)

 

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