Onpe publica proyecto de Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios

Martes, 4 Marzo 2025 - 9:00am

Huaraz en Línea.- La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) publicó el proyecto de Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, y estableció un plazo de 15 días calendario, contados a partir del día siguiente de su publicación, con la finalidad que los interesados remitan sus opiniones y sugerencias al correo electrónico vvivanco@onpe.gob.pe.

Así lo establece la Resolución Jefatural n.° 000021-2025-JN/ONPE, que fue publicada en el sitio web del organismo electoral y en el diario oficial El Peruano. En ella se dispone encargar a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios procesar, consolidar y evaluar las sugerencias y comentarios que se reciban para posteriormente elaborar el texto final del referido reglamento.

El proyecto busca, entre otras disposiciones, adecuar la normativa reglamentaria vigente a los cambios establecidos en la Ley n.° 32254, la misma que modifica la Ley de Organizaciones Políticas (LOP), con la finalidad de restituir el financiamiento privado de las personas jurídicas y dictar disposiciones para el empleo del financiamiento público.

De manera específica, la precitada Ley, publicada en el diario oficial El Peruano el 31 de enero de 2025, modifica los artículos 29, 30 y 31 de la LOP, referidos al financiamiento público directo, financiamiento privado y fuentes de financiamiento ilegal, respectivamente, e introduce el artículo 30-C en la LOP, referido a un medio alterno para que se realicen aportes a través del Banco de la Nación.

La resolución recuerda que la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley n.° 32254 establece un plazo de 60 días, desde su entrada en vigencia, para que la ONPE adecúe la normativa reglamentaria correspondiente.

Igualmente, refiere en su Tercera Disposición Complementaria Final, que el organismo electoral cuenta con el mismo plazo para aprobar la resolución que regule el procedimiento para que las organizaciones políticas puedan recibir aportes a través de aplicativos de billetera electrónica u otros homólogos, garantizándose la transparencia, trazabilidad y supervisión.

Según los considerandos de la resolución jefatural, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, el mencionado proyecto normativo debe ser publicado, a fin de que la ciudadanía formule comentarios sobre las medidas propuestas, si lo consideran conveniente.

Proyecto de reglamento

Según el organismo electoral, el proyecto de reglamento consta de 9 títulos, 5 capítulos, 7 subcapítulos y 113 artículos. También tiene dos disposiciones complementarias, una disposición transitoria y un anexo.

 

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