Martes, 30 Abril 2024 - 11:15pm
Huaraz en Línea.- La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sorteará, este jueves 2 de mayo, a las 11:00 horas, en la sede institucional, a los miembros de mesa para la elección de los miembros titular (1) y suplentes (2) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), en representación de los decanos de las facultades de derecho de las universidades públicas, fijadas para el 23 de junio de 2024.
Según los lineamientos (Resolución Gerencial n.° 000003-2024-GOECOR/ONPE) dispuestos para este sorteo, el acto se efectuará entre todos los decanos que representan a las facultades de derecho de las siguientes 23 universidades públicas:
1. Universidad Nacional Mayor de San Marcos
2. Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga
3. Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
4. Universidad Nacional de Trujillo
5. Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa
6. Universidad Nacional San Luis Gonzaga
7. Universidad Nacional de la Amazonía Peruana
8. Universidad Nacional del Altiplano
9. Universidad Nacional de Piura
10. Universidad Nacional de Cajamarca
11. Universidad Nacional Federico Villareal
12. Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco
13. Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión
14. Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo
15. Universidad Nacional de San Martín
16. Universidad Nacional de Ucayali
17. Universidad Nacional de Tumbes
18. Universidad Nacional de Huancavelica
19. Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas
20. Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión
21. Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo
22. Universidad Nacional Jorge Basadre de Grohmann
23. Universidad Nacional de Barranca.
Para este efecto, con presencia de un Notario Público y representantes del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), se asignará a cada elector un número, el mismo que estará determinado por su ubicación en el respectivo padrón de la elección. Se contará para tal efecto, con un bolillero y la cantidad de bolillas que sean suficientes para completar el total de electores registrados en el padrón.
Luego se procederá a extraer seis bolillas, correspondiendo las tres (03) primeras a los miembros de mesa titulares y las tres (03) últimas, a los miembros de mesa suplentes.
La designación de miembros de mesa titulares es somo sigue: El primer bolo corresponde al cargo de presidente, el segundo al cargo de secretario y el tercero al tercer miembro. A su vez, para el caso de los miembros de mesa suplentes, la nominación será como sigue: El cuarto, quinto y sexto bolo corresponde al primer, segundo y tercer suplente, respectivamente.
La capacitación de los miembros de mesa sorteados, titulares y suplentes, estará a cargo de la Subgerencia de Capacitación y Formación Electoral de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional, debiendo efectuarse hasta el 22 de junio de 2024 como máximo, pudiendo ser ésta a través de la plataforma de video conferencia que sea pertinente o de manera presencial.
A la fecha, está corriendo el plazo para la presentación de las candidaturas, el mismo que se inició el 22 de abril y concluirá el próximo 10 de mayo de 2024, inclusive. Según la Ley n. ° 31586, presentan sus candidaturas los exdecanos titulares de las facultades de derecho de las universidades públicas.
En esa línea, para organizar estos comicios, el organismo electoral aprobó un reglamento en el que se dispuso que los candidatos deberán dirigirse a la ONPE adjuntando, entre otros documentos, la declaración jurada en el formato aprobado por la institución electoral.
En el mencionado formato, los candidatos deben declarar que cumplen con los requisitos establecidos por el artículo 180° de la Constitución Política y de no encontrarse incursos en ninguno de los impedimentos e incompatibilidades señaladas en los artículos 12° y 15° de la Ley n.° 26486, Ley Orgánica del JNE.
En el primer caso, el precepto constitucional establece que: “Los integrantes del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones no pueden ser menores de cuarenta y cinco años ni mayores de setenta. Son elegidos por un periodo de cuatro años. Pueden ser reelegidos. La ley establece la forma de renovación alterna cada dos años”.
También fija que: “El cargo es remunerado y de tiempo completo. Es incompatible con cualquiera otra función pública, excepto la docencia a tiempo parcial”. El artículo igualmente señala que “no pueden ser miembros del Pleno del Jurado los candidatos a cargos de elección popular, ni los ciudadanos que desempeñan cargos directivos con carácter nacional de las organizaciones políticas, o que los han desempeñado en los cuatro años anteriores a su postulación”.
La ONPE organiza y ejecuta estos comicios por mandato expreso de la Ley n.° 31586.
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